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Impuestos

Auditoría del SAR: qué revisan y cómo llegar preparado

Nadie avisa con meses de anticipación. Cuando llega el requerimiento, el plazo se cuenta en días hábiles y lo único que importa es qué tan ordenado tenías todo desde antes.

12 Sep 202612 min

La palabra auditoría pone nervioso a cualquier dueño de negocio, y en buena medida por el motivo equivocado. El miedo suele ser a que descubran algo hecho con mala intención. La realidad es que la enorme mayoría de los ajustes que salen de una revisión no vienen de fraude: vienen de desorden.

Facturas que no cuadran con el libro. Compras registradas dos veces. Inventario que no corresponde al costo de ventas declarado. Ninguna de esas cosas es dolosa, pero todas generan ajuste, y el ajuste genera impuesto más multa.

Esta guía explica qué mira una revisión, qué documentación se pide, y qué se puede hacer desde ahora para que el día que llegue un requerimiento sea un trámite y no una crisis.

Cómo empieza una revisión

No empieza con alguien tocando la puerta. Empieza con un requerimiento de información: una notificación formal donde la Administración Tributaria solicita documentación específica, por un período determinado, con un plazo para entregarla.

Ese plazo se cuenta en días hábiles y es corto. Ahí está el problema real: no es que no tengás la información, es que reconstruirla en ese tiempo puede ser imposible si vivía en cuadernos, en correos y en la memoria de dos personas.

El primer consejo, entonces, es operativo: asegurate de que la dirección registrada ante el SAR y el correo de tu Oficina Virtual estén actualizados y alguien los revise. Un requerimiento notificado que nadie leyó sigue corriendo el plazo.

Qué documentación se pide

Varía según el alcance, pero el núcleo es predecible:

Declaraciones presentadas del período bajo revisión, con sus comprobantes de pago.

Libros de ventas y de compras del período, con el detalle por documento.

Facturas emitidas, incluyendo las anuladas. Las anuladas importan tanto como las activas: un correlativo que falta sin explicación es una pregunta.

Facturas de compra que respaldan el crédito fiscal declarado.

Estados financieros del ejercicio y los registros contables que los sustentan.

Registros de inventario, si el giro lo amerita.

Planilla y sus enteros, cuando la revisión alcanza retenciones.

Las inconsistencias que más se detectan

Acá está lo útil. Estas son las que aparecen una y otra vez, y todas se pueden prevenir.

1. El libro de ventas no cuadra con la declaración

Es la más básica y la más frecuente. El total del libro de un mes no coincide con lo que se declaró en el ISV de ese mes.

Suele pasar por facturas emitidas fuera del sistema, notas de crédito aplicadas después del cierre, o simplemente por declarar con un número calculado a mano.

2. Correlativos que faltan

El SAR autoriza un rango. Si al revisar la secuencia hay números que no aparecen ni como activos ni como anulados, eso se pregunta.

La causa habitual no es fraude: es una factura que se imprimió mal y se tiró a la basura en lugar de anularse formalmente. Un correlativo con CAI consumido es un documento fiscal aunque haya terminado en el cesto.

3. Crédito fiscal sin respaldo válido

Se declaró crédito fiscal de ISV de compras cuya factura no cumple los requisitos formales, está a nombre de otra persona, o directamente no aparece.

El efecto es directo: ese crédito se desconoce y el ISV a pagar sube.

4. El inventario no explica el costo de ventas

Si declaraste un costo de ventas que no es compatible con tu inventario inicial, tus compras y tu inventario final, la diferencia se interpreta como ventas no declaradas.

Esta es la más cara de todas, porque el ajuste no toca solo el ISV: toca el ISR.

5. Retenciones no enteradas

Se retuvo el ISV o el ISR correspondiente pero no se enteró, o se enteró tarde. Como la retención es dinero de un tercero que vos tenías en custodia, este tipo de incumplimiento se trata con particular severidad.

6. Gastos personales metidos como gasto del negocio

Clásico del comerciante individual, donde la línea entre el bolsillo propio y la caja del negocio se difumina. Un gasto que no es necesario para generar la renta no es deducible, y cuando aparecen varios, se cuestiona el criterio completo de la declaración.

Qué hacer antes de que llegue el requerimiento

Mantené la trazabilidad, no solo los papeles

Tener las facturas guardadas no alcanza. Lo que se revisa es la cadena: que la venta esté en el libro, que el libro cuadre con la declaración, que el pago del impuesto corresponda a esa declaración, y que el inventario se haya movido de forma consistente.

Cuando cada eslabón sale del mismo sistema, la cadena cuadra sola. Cuando cada eslabón vive en un archivo distinto, hay que armarla a mano cada vez.

Anulá formalmente lo que se dañó

Una factura con CAI no se borra nunca. Si se equivocó, se emite la nota de crédito correspondiente y se emite la factura correcta. El correlativo usado no se reutiliza.

Conservá los documentos por el plazo legal

La obligación de conservar la documentación de respaldo se extiende varios años. Un requerimiento puede alcanzar ejercicios anteriores, así que el archivo del año pasado importa tanto como el de este.

Hacé tu propia revisión una vez al año

Tomá un mes al azar y verificá la cadena completa: libro contra declaración, declaración contra pago, correlativos sin huecos, crédito fiscal con su factura. Si ese mes cuadra, probablemente el resto también. Si no cuadra, encontraste el problema antes que el SAR.

Si ya llegó el requerimiento

No lo dejés pasar. El plazo corre desde la notificación, no desde que lo leíste.

Involucrá a tu contador de inmediato. Y si el alcance es grande o hay montos relevantes en juego, a un asesor fiscal. Esta guía te ayuda a prepararte, no a responder un requerimiento: eso requiere criterio profesional sobre tu caso concreto.

Entregá exactamente lo que se pide. Ni menos, ni de más. Entregar documentación no solicitada amplía la conversación a terreno que nadie te preguntó.

Si encontrás un error, comentalo con tu asesor antes de entregar. Hay mecanismos de rectificación, y la diferencia entre corregir por iniciativa propia y que te lo determinen no es menor.

Sobre las sanciones

Las consecuencias del incumplimiento están tipificadas y van desde multas por obligaciones formales hasta el cobro del impuesto omitido con sus recargos. El detalle está en la guía de multas y sanciones del SAR.

Vale una aclaración importante: la mayoría de los ajustes no terminan en sanciones graves. Terminan en impuesto que había que pagar y no se pagó, más el recargo. Lo que convierte un ajuste en un problema serio es la reincidencia y la ausencia total de registros.

El punto de fondo

Prepararse para una auditoría no es prepararse para un evento. Es llevar el negocio de manera que cualquier día del año se pueda demostrar lo que se declaró.

El negocio que le teme a una revisión no le teme al SAR: le teme a su propio desorden. Y eso sí se puede arreglar, pero no en los quince días que dura un plazo.

Cuando la venta, el libro, la declaración y el inventario salen del mismo dato, el expediente ya está armado. Podés ver cómo funciona en el sistema contable de KODDIX, o revisar los términos en el glosario fiscal y contable.

Este artículo es informativo y no constituye asesoría fiscal ni legal. Ante un requerimiento concreto, consultá con tu contador o con un asesor tributario.

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